Por Jaime Cervantes Valdez /
Estudiante de Ciencia Política
Con un proceso cargado de
irregularidades, foros a oídos cerrados, debates vacíos plagados de demagogia
barata, y votos sin la menor reflexión mas que la dictada desde Los Pinos, este pasado 1 de septiembre fue aprobada por una cámara de diputados convertida en teatro, la Ley General
de Servicio Profesional Docente, pasos imitados dos días después por la cámara de
senadores.
Despues de aprobada la controvertida ley, y con un efecto ridiculamente retardado, el Sindicato Nacional de
Trabajadores de la Educación, movilizó en 22 entidades federativas al profesorado para exigir la derogación,
e inclusive el veto presidencial, de dicha ley. Posiblemente con estas
movilizaciones, los dirigente sindicales, pretenden hacer olvidar al maestro de
a pie que los legisladores del PANAL –incluida la hija de Elba Esther Gordillo-,
partido ligado al magisterio, no sólo votaron a favor de la reforma, sino
inclusive subieron a tribuna a defender con frenesí lo mandatado por el
presidente.
Solicitar, vía movilización
masiva, al presidente de la república que vete la misma ley que él mandó al
congreso, no sólo es incongruente, sino surrealista y por demás imposible. Si
algo ha demostrado Peña Nieto en toda su carrera política, es el desdén por quienes
manifiestan en las calles, y más, por quienes lo hacen contra las políticas
públicas y acciones que él decide emprender.
Si de acciones dentro del marco jurídico
–como el veto presidencial- se trata, lo que el SNTE y la CNTE debieran de
buscar, es una acción de inconstitucionalidad contra la reciente Ley General de
Servicio Profesional Docente. Ya que ésta controvertida ley contiene un talón
de Aquiles, art. 14 constitucional,
referente a la retroactividad de las leyes
y el cual en su primer párrafo nos dicta:
“Art. 14: A ninguna ley se dará efecto
retroactivo en perjuicio de persona alguna. “
Es decir, si bien aprobaron una nueva
normatividad respecto al servicio docente, éstas debieron de especificar su
aplicabilidad sólo a los maestros de nuevo ingreso, respetando íntegramente los
derechos de los que hasta el día de su entrada en vigor, se encontrasen
laborando en el sistema educativo nacional.
La retroactividad de esta ley en perjuicio
de miles de maestros, la hace susceptible, según el inciso II del art. 105
constitucional, a una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de
Justicia de la Nación, debido a la contradicción entre una norma general y la
constitución mexicana, lo que pudiera derivar a la derogación de lo aprobado
por el poder legislativo.
Para éste caso en concreto, son 4 los
actores que pudiesen ejercer una acción de inconstitucionalidad: el equivalente
al 33% de los diputados o senadores, la Procuraduría General de la República y
el Comisión Nacional de los Derechos Humanos; por cuestiones numéricas los dos
primeros, del poder legislativo, quedan anulados para poder ejercerla, esto
debido a que votos en contra fueron de
69 diputados (13%) y 22 senadores (17%), mientras que la Procuraduría General
de la Republica por cuestiones políticas obvias no se plantea siquiera la
posibilidad.
Es la CNDH la que tiene el mandato constitucional
de la defensa de los derechos humanos y las garantías individuales, esto
dictado por el apartado B del artículo 102 de la Constitución mexicana y lay
subsecuente, las cuales prohíbe a la comisión el actuar sólo conforme a los
caprichos o ideologías de su cuerpo directivo, o del desacreditado presidente, Raúl
Plasencia.
La defensa de los trabajadores de la
educación no solamente pasa por la retroactividad de la nueva ley, sino también
por la violación a los derechos humanos de los docentes, como por ejemplo el
derecho a un trabajo digno el cual se define de la siguiente manera:
“una aspiración social e individual del
trabajador, moralmente válida, dinámica, por alcanzar un nivel de vida adecuado
para él y su familia, garantizada por el Estado con acciones de protección y promoción
que permitan la dignidad del trabajador y su familia, a través de acciones normativas
y políticas -económicas, sociales, y culturales- que como mínimo aseguren el
pleno empleo, estabilidad laboral, salario justo y condiciones adecuadas en el
trabajo.”
La supresión de las plazas, la
constante evaluación estandarizada que sin lugar a dudas no respetará la
diversidad cultural del país, la pésima infraestructura –y de la que no se
habla en la reforma- en la que trabajan los maestros, así como los bajos
salarios para los docentes que día a día asisten a la escuela, son violaciones
a su derecho a un trabajo digno consagrado en el artículo 23 de la Declaración
Universal de los Derechos Humanos de la ONU y de la cual México es firmante.
De igual forma existen
violaciones a los artículos 1 y 4 del Convenio sobre el derecho de sindicación
y de negociación colectiva de la OIT también firmado por nuestra nación, y ni
hablar de la Recomendación relativa a la Condición del Personal Docente de la
UNESCO de la cual se incumplan algunos temas.
Pero mientras la CNDH se escuda
en una capa de invisibilidad, se esconde y evade los temas referentes a la
Reforma Educativa, los maestros que debieran de exigirle acciones contundentes
en la defensa de sus derechos, también se olvidan de ella. Es el momento de
hacer presión para exigir a esta comisión cumpla su papel histórico y limpie el
nombre que ha quedado dañado por las lamentables declaraciones y acciones de días
pasados. Que demuestre que contrario a lo que se pudiese pensar, existe todavía
una autonomía ante el poder ejecutivo federal, que se había paulatinamente
ganado en los últimos 12 años.
Si el SNTE y su ala democrática, la CNTE, han decidido continuar por la vía institucional en la defensa de sus
derechos, por lo menos lo debieran de hacer de la manera correcta y viable, a
menos, claro, que esto no sea otra cosa sino
una mera simulación de los dirigentes sindicales de ambas corrientes, donde las protestas –y la solicitud del veto
presidencial – sean sólo una válvula de escape a la posible radicalización del
magisterio, como en su momento AMLO la instrumentó con el famoso plantón de
reforma.
Por último, de no darse esa
acción de inconstitucionalidad, que de igual forma la SCJN se prepare para la avalancha
de amparos individuales de los más de 1 millón de maestros que en la actualidad
laboran en el Sistema Educativo Nacional.