agosto 31, 2013

Los errores de la #CNDH ante la #CNTE





Por Jaime Cervantes Valdez / Estudiante de Ciencia Política




¿Cuántos vidrios se han quebrado a causa de las protestas de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación? ¿Cuántos heridos o muertos se han suscitado en las últimas 2 semanas de manifestaciones de la CNTE en el DF? La respuesta es sencilla: ninguno, no ha habido conatos de violencia generalizada registrados, daños sistemáticos a la propiedad privada -que con tanto empeño protegen las instituciones del Estado-, y mucho menos heridos o muertos que lamentar.

Y es que muy a pesar de la imagen que nos han proyectado los medios de comunicación, donde se nos forja el perfil de maestros violentos e intolerantes, lo cierto es, que comparado con manifestaciones  en la misma Ciudad de México en ocasiones pasadas,  las protestas de la CNTE se han desarrollado dentro de las normas de la ciudad, y con relativa tranquilidad, esto último debido más que nada a la organización con las que se llevan a cabo y que evita cualquier intento de grupos de choque o infiltrados para desestabilizar las manifestaciones.  

Mas sin embargo, ante la magnitud de las protestas contra la reforma educativa que han  trastocado la vida cotidiana del Distrito Federal, un amplio sector de la sociedad civil, así como partidos políticos, diputados, senadores y empresarios, haciendo uso legítimo a sus derechos de libre expresión han argumentado y denunciado ante diversas instancias una serie de violaciones a sus derechos humanos y garantías individuales por parte de la CNTE. Estas denuncias se centran en dos rubros: 1) Violación al derecho de libre tránsito y 2) Pérdidas económicas.

La posible violación del derecho a libre tránsito –rubro en el que me centraré- , es un argumento constantemente utilizado por grupos políticos, así como por un sector de la sociedad, que no comulgan con la protesta social como método de participación política y de la cual han exigido regulación o prohibición, aun cuando ésta se encuentra protegida por los derechos de libertad de reunión, expresión y solución, todos ellos derechos humanos garantizados en tratados internacionales y en nuestra carta magna.

Hasta aquí cualquiera pudiera objetar que el derecho de uno termina cuando se afecta el derecho del otro. Pero deberíamos preguntarnos, ¿realmente las protestas de la CNTE violan el derecho al libre tránsito como reiteradamente se ha expresado por diversos medios?

El artículo 11 constitucional referente al libre tránsito en su primera parte nos dice:

 “Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes…”.

Las protestas sociales en ningún momento limitan el tránsito de las personas, cualquier individuo puede cruzar caminando una marcha o un mitin político y seguir la ruta hacia su destino, muy distinto, por ejemplo, a cuando en las vísperas del 1ro de Septiembre del 2012 (toma de protesta de Peña Nieto como presidente), la Policía Federal implementó una área de exclusión alrededor de Palacio Nacional y Palacio Legislativo en el que sí se impedía el tránsito de los ciudadanos salvo que comprobará la residencia dentro del área.

Pero esto deviene del error de los ciudadanos y gobernantes quienes trastocando la definición de “libre tránsito” que nos brinda la constitución, argumentan que el sólo hecho de que se detenga el tráfico de vehículos es una limitante al libre tránsito. ¿Acaso los automóviles adquieren garantías individuales por ser conducidos por un ciudadano?, algunos piensan que sí, ante ello, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación atendiendo diversos amparos que se promovieron en el año 1996 contra el programa capitalino del "hoy no circula" que limita la circulación de vehículos un día a la semana, se pronunció de la siguiente manera:

“La garantía individual que consagra la norma constitucional supracitada (artículo 11) no consiste en el derecho del libre tránsito en automóvil, sino en el derecho que tiene "todo hombre", es decir, toda persona en cuanto ente individual, para entrar, salir, viajar y mudar su residencia en la República sin que para ello requiera documentación alguna que así lo autorice, pero siempre refiriéndose al desplazamiento o movilización del individuo, sin hacer alusión en lo absoluto al medio de trasporte, por tanto, ha de considerarse que la garantía de libre tránsito protege al individuo únicamente, no a los objetos o bienes en general, del mismo.Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Pleno, tomo III, febrero 1996, p173

Entonces, con esa resolución de la SCJN, se puede sostener que si bien existe una afectación a la sociedad en general debido a las marchas,  no se puede equiparar con una una violación al derecho humano y garantía de libre transito. Y si no hay violación a las garantías de los otros, por ende tampoco debe de hacer ejercicio de la  de la fuerza pública bajo “los principios de racionalidad, congruencia y proporcionalidad” tal como extrañamente lo ha propuesto la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, como que si hasta el momento las fuerzas del Estado hayan mostrado conocer siquiera esos principios. O las “medidas precautorias” “para la protección los derechos (de libre tránsito) de la sociedad general” -exigidas por la CNDH al gobierno perredista de Miguel Ángel Mancera- que no es otra cosa que la anuencia de la comisión al posible uso de la fuerza pública contra los maestros.


Ante la actuación de la CNDH y la CDHDF los ciudadanos debiéramos de preocuparnos, no ya de que otros ejerzan su derecho a exigir ser escuchados por el gobierno, sino de que las instituciones que debieran de protegernos de los abusos del Estado, se presten a linchamiento -ya no solamente mediático- contra los que se organizan para protestar. ¿Acaso al igual que el IFAI, las comisiones de derechos humanos están perdiendo paulatinamente la autonomía que habían ya logrado en los últimos 12 años?, ¿Será que tiene razón AMLO cuando acusa al presidente de la CNDH, Raúl Plascencia, de actuar incorrectamente porque “le debe su cargo a (Manlio Fabio) Beltrones”, coordinador de los diputados priistas? Por el bien del país, esperemos que no. 



1 comentario:

  1. Muy buenas tus observaciones y la verdad q ante esta situación las decisiones se toman dependiendo de tu status político o social: si eres un cuidadano común y corriente estàs violando una de las garantías individuales.....perosi eres miembro "distinguido" de algún partido político o del gobierno, entonces todo está perfecto

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