septiembre 15, 2009

Exomulgacion del Padre de la Patria, Miguel Hidalgo


Hace unos dias en una conferencia de prensa el vocero del epicopado mexicano nego que la iglesia catolica hubiera excomulgado al padre de la patria, Miguel Hidalgo.
Para despejarnos de la duda, dejo integramente 2 documentos oficiales de la epoca, el primero fue un decreto de excomulgacion expedido por el obispo de Michoacan, el segundo documento fue el decreto oficial de la Santa Inquisision de Mexico en el cual oficialmente se Excomulga a Miguel Hidalgo.



Decreto lanzado por el obispo Manuel Abad y Queipo. Obispo de Michoacán de 1810 a 1815.



"Por autoridad del Dios Omnipotente, El Padre, El Hijo y El Espíritu Santo y de los santos cánones, y de las virtudes celestiales, ángeles, arcángeles, tronos, dominaciones, papas, querubines y serafines: de todos los santos inocentes, quienes a la vista del santo cordero se encuentran dignos de cantar la nueva canción, y de los santos mártires y santos confesores, y de las santas vírgenes, y de los santos, juntamente con todos los santos y electos de Dios: Sea condenado Miguel Hidalgo y Costilla, ex-cura del pueblo de Dolores.

O excomulgamos y anatemizamos, y de los umbrales de la iglesia del todo poderoso Dios, lo secuestramos para que pueda ser atormentado eternamente por indecibles sufrimientos, justamente con Dathán y Habirán y todos aquellos que le dicen al señor Dios: ¡Vete de nosotros, porque no queremos ninguno de tus caminos! Y así como el fuego es extinguido por el agua, que se aparte de él la luz por siempre jamás. Que el Hijo, quien sufrió por nosotros, lo maldiga. Que el Espíritu Santo, que nos fue dado a nosotros en el bautismo, lo maldiga. Que la Santa Cruz a la cual Cristo, por nuestra salvación, ascendió victorioso sobre sus enemigos, lo maldiga. Que la santa y eterna madre de Dios, lo maldiga. Que San Miguel, el abogado de los santos, lo maldiga. Que todos los ángeles, los principados y arcángeles, los principados y las potestades y todos los ejércitos celestiales, lo maldigan. Que sea San Juan el precursor, San Pablo y San Juan Evangelista, y San Andrés y todos los demás apóstoles de Cristo juntos, lo maldigan.

Y que el resto de sus discípulos y los cuatro evangelistas, quienes por su predicación convirtieron al mundo universal, y la santa y admirable compañía de mártires y confesores, quienes por su santa obra se encuentran aceptables al Dios omnipotente, lo maldigan. Que el Cristo de la santa Vírgen lo condene. Que todos los santos, desde el principio del mundo y todas las edades, que se encuentran ser amados de Dios, lo condenen. Y que el cielo y la tierra y todo lo que hay en ellos, lo condenen.

Sea condenado Miguel Hidalgo y Costilla, en dondequiera que esté, en la casa o en el campo, en el camino o en las veredas, en los bosques o en el agua, y aún en la iglesia. Que sea maldito en la vida o en la muerte, en el comer o en el beber; en el ayuno o en la sed, en el dormir, en la vigilia y andando, estando de pie o sentado; estando acostado o andando, mingiendo o cantando, y en toda sangría. Que sea maldito en su pelo, que sea maldito en su cerebro, que sea maldito en la corona de su cabeza y en sus sienes; en su frente y en sus oídos, en sus cejas y en sus mejillas, en sus quijadas y en sus narices, en sus dientes anteriores y en sus molares, en sus labios y en su garganta, en sus hombros y en sus muñecas, en sus brazos, en sus manos y en sus dedos.

Que sea condenado en su boca, en su pecho y en su corazón y en todas las vísceras de su cuerpo. Que sea condenado en sus venas y en sus muslos, en sus caderas, en sus rodillas, en sus piernas, pies y en las uñas de sus pies. Que sea maldito en todas las junturas y articulaciones de su cuerpo, desde arriba de su cabeza hasta la planta de su pie; que no haya nada bueno en él. Que el hijo del Dios viviente, con toda la gloria de su majestad, lo maldiga. Y que el cielo, con todos los poderes que en él se mueven, se levanten contra él.

Que lo maldigan y condenen. ¡Amén! Así sea. ¡Amén!


13 de octubre de 1810

NOS, LOS INQUISIDORES APOSTOLICOS CONTRA LA HERÉTICA, Pravedad y Apostasía, en la Ciudad de México, Estados y Provincias de esta Nueva España, Guatemala, Nicaragua, Islas Filipinas, sus Distritos y Jurisdicciones, por Autoridad Apostólica, Real y Ordinaria, etc.,

A vos, Br. Don Miguel Hidalgo y Costilla, Cura de la Congregación de Los Dolores en el Obispado de Michoacán, titulado Capitán General en el Ejército de los Inurgentes.

SABED QUE ANTE NOS PARECIO EL SEÑOR INQUISIDOR Fiscal de este Santo Oficio e hizo presentación en forma de un proceso, que tuvo principio en el año 1800 y fue continuado a su instancia el de 1809, del que resultó comprobado contra vos, el delito de herejía y apostasía de nuestra Santa Fé Católica, y que soís un hombre sedicioso, cismático, y herege formal por las doce proposiciones que habéis proferido y procurado enseñar a otros, han sido la regla constante de vuestras conversaciones y conducta, y son en compendio las siguientes:
Negáis, que Dios castiga en este mundo con penas corporales.

La autenticidad de los lugares sagrados de que consta esta verdad.

Habéis hablado con desprecio de los Papas y del gobierno de la Iglesia, como manejado por hombres ignorantes, de los cuales, uno que acaso estaría en los infiernos, estaba canonizado.

Aseguráis que ningún judío, que piense con juicio, se puede convertir, pues no consta la venida del Mesías, y negáis la perpetua virginidad de la Virgen María.

Adoptáis la doctrina de Lutero, en orden a la Divina Eucaristía y a la confesión auricular, negando la autenticidad de la Epístola de San Pablo a los de Corintio, y asegurando que la doctrina del Evangelio de este Sacramento está mal entendida, encuanto a que creemos la existencia de Jesucristo en él... tenéis por inocente y lícita ... (palabra ilegible) ... la fornicación ... (ilegible) ...

contrario y consiguiente, el mecanismo de la naturaleza, por cuyo error habéis sido tan libertino, que hicisteis pacto con vuestra manceba ...(ilegible)...para forni...(ilegible)...a que para lo mismo le buscarías a ella, hombres, engañándola, que no hay infierno, ni Jesucristo; y finalmente, que sois tan soberbio, que decís que no os han graduado de doctor en esta Real Universidad, por ser su Claustro una quadrilla de Ignorantes; y dixo que temiendo o habiendo llegado a percibir que estabais denunciado al Sto. Oficio, os ocultasteis con el velo de la vil hipocresía, de tal modo, que se aseguró en informe, que se tuvo por verídico, que estabais tan corregido, que habías llegado al estado de un verdadero escrupuloso, con lo que habíais conseguido suspender nuestro zelo, sofocar los clamores de la justicia, y que diésemos una tregua prudente a la observación de vuestra conducta; pero que vuestra impiedad represada por temor, había prorrumpido como un torrente de iniquidad, en estos calamitosos días, poniéndoos, a la cabeza de una multitud de infelices que habéis seducido, y declarado la guerra a Dios y a su Santa Religión, y a la Patria, con una contradicción tan mostruosa, que publicando según aseguran los papeles públicos, errores groseros conta la Fé, alarmáis a los Pueblos para la sedición, con el grito de la Santa Religión, con el nombre y devoción a SANTA MARIA DE GUADALUPE, y con el de FERNANDO SÉPTIMO, nuestro deseado y jurado Rey; lo que alegó en prueba de vuestra apostasía de vuestra fé católica y pertinacia en el error, y últimamente nos pidió que os citásemos por Edicto y bajo la pena de excomunión mayor, os mandásemos que comparecieseis en nuestra audiencia, en el término de treinta días perentorios, que os Señala por término desde la fijación de nuestro Edicto, pues de otro modo no es posible hacer la citación personal.

Que circula dicho Edicto en todo el Reyno, para que todos los fieles y católicos habitantes sepan, que los promotores de la sedición e independencia, tienen cor Corifeo a un Apóstata de la Religión a quien igualmente, que al Trono de Fernando Séptimo, ha declardo la guerra. Y en el caso de no comparecer, se os siga la causa de rebeldía, hasta relaxación en Estatua.

Y Nos, visto su pedimento ser justo y conforme a derecho y a la información que contra vos se ha hecho, así del delito de Herejía y Apostasía, de que estáis testificado y de la vil hipocresía con que eludisteis nuestro zelo, y os habéis burlado de la Misericordia del Santo Oficio, como de la imposibilidad de citaros personalmente por estar resguardado del ejército de insurgentes que habéis levantado contra la Religión y la Patria, mandamos dar y dimos ésta nuestra carta de citación y llamamiento por la cual os llamamos y citamos, para que desde el día en que fuere introducido en los Pueblos que habéis sublevado, hasta los 30 siguientes, leída y publicada en la Santa Iglesia Catedral de esta Ciudad, Parroquias y Conventos, y en la de Valladolid y Pueblos fieles de aquella Diócesis, comarcamos de los de vuestra residencia parezcáis personalmente en la Sala de nuestra Audiencia, ante Nos, a estar a drecho con dicho Señor Inquisidor Fiscal, y os oiremos y guardaremos justicia; en otra manera, pasado el sobredicho término, oirémos al dicho Señor Fiscal y procederemos en la causa sin llamaros ni citaros, y se entenderán las siguientes providencias, con los estrados de ella hasta la sentencia definitiva, pronunciación y ejecución de ella inclusive, y os parará tanto perjuicio, como si en vuestra persona se notificara.

Y mandamos que esta carta se fixe en todas las Iglesias de nuestro Distrito, y que ninguna persona rasgue, ni chancele, ni quite, baxo la pena de Excomunión Mnayor y de quinientos pesos aplicados para los gastos del Santo Oficio y de las demás que imponen el derecho canónico y Bulas Apostólicas contra los fautores de herejías; y declaramos incursos en el crimen de fautoría y en las sobredichas penas, a todas las personas, sin excepción, que aprueben vuestra sedición y reciban vuestras proclamas, mantengan vuestro trato y correspondencia espitolar, y os presten cualquier género de ayuda y favor, y a los que no denuncien y obliguen a denunciar a los que favorezcan vuestras ideas revolucionarias, y de cualquiera modo las promuevan y propaguen, pues todas se dirigen a derrocar el Trono y el Altar, de lo que no dexa duda la errada creencia de que estáis denunciado, y la triste experiencia de nuestros crueles procedimientos, muy iguales, así como la Doctrina, a los del pérdido Lutero en Alemania.

En Testimonio de lo qual, mandamos dar y damos la presente firmada de nuestros nombres, y sellada con el sello del dicho Santo Oficio, y refrendada de uno de los Secretarios del Secreto de él.

Dado en la Inquisión de México, y Sala de Nuestra Audiencia, a trece días del mes de octubre de mil ochocientos diez.

Dr Bernado de Prado
Lic.D. Isidoro Saiz de Alfaro y Ovejero y Beaumont

Por mandato del Santo Oficio
Dr. D. Luis Calvo de la Castilla

Nadie lo quite, pena de Excomunión Mayor
Secretario



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